Mediante resolución, el órgano disciplinario peledeísta ordenó a la Secretaría de Organización separarlo de los registros partidarios, incluyendo su membresía en el Comité Central, según se señala en un comunicado de prensa remitido por el partido morado.
El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética está presidido por Alejandrina Germán e integrado por John Garrido, Manuel Galván, Luis García, Elic Fernández, Teodoro Ursino Reyes y Gustavo Guzmán
Estos aseguran que la afiliación a un partido político es la manifestación libre y voluntaria de un ciudadano de pertenecer a una organización política.
Precisa además que, del mismo modo, todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento político, goza de la prerrogativa de renunciar en cualquier momento, sin expresión de causa, en atención a lo dispuesto por el párrafo I del artículo 7 de la Ley No. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Refiere que para que opere la renuncia de un afiliado no es condición sine qua non que la misma se haya presentado por escrito a la autoridad competente, “especialmente cuando tal renuncia se constituye en un hecho notorio, como ocurre en el caso del señor José Felipe Laluz Núñez, quien no solo se ha referido públicamente a su renuncia tácita al Partido de la Liberación Dominicana, sino que lo hizo hasta musicalmente dedicando un rap refiriendo pronunciamientos en contra la organización y expresando su salida”.
Respecto a un hecho notorio, la resolución del Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del PLD hace énfasis en varias jurisprudencias, entre ellas la sentencia del Tribunal Constitucional C-086/16, del 24 de febrero de 2016, cuando señala que “se trata de cualquier acontecimiento conocido por todos los miembros del engranaje social, respecto del cual no hay duda ni discusión; en tal sentido, se exime de prueba, por cuanto forma parte del dominio público”.
La resolución señala que las actuaciones del exdiputado constituyen un mal ejemplo para los actuales y futuros afiliados en el PLD.
El referido Tribunal notificó a José Laluz Nuñez la decisión mediante acto formal de alguacil, así como a las instancias partidarias.