Santo Domingo, Rep. Dom.- La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordenaron a la Fiscalía del Distrito Nacional, seguir el proceso de investigación al expelotero David Ortiz por violencia de género.
Asimismo, dio un plazo de 20 días para que se presente la acusación ante un Juzgado de la Instrucción.
Los magistrados Pedro Sánchez Rivera, juez presidente en funciones; Luis Omar Jiménez Rosa, Rosalba Garib Holguin, confirmaron la resolución de la jueza Arisleyda Méndez del Quinto Juzgado de la Instrucción que revocó el archivo de la querella presentada en su contra por violencia intrafamiliar o violación de género, contra su ex compañera sentimental Fary Almanzar Fernández y que continuara la investigación.
Los jueces para adoptar la decisión desestimaron los recursos de apelación interpuesto por Ortiz y por la fiscal Mary Dania Fernández, el 4 de marzo de este año.
La Fiscalía deberá presentar acto conclusivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código procesal Penal. La sentencia fue emitida este miércoles 30 de junio pasado el mediodía.
Ahora el ex biligue de los Medias Rojas de Boston deberá responder ante un juez de instrucción que lo procesará y valorará los elementos de pruebas que Almánzar Fernández, posee de los atropellos que ha cometido en su contra.
Los magistrados sostienen en su sentencia que en la decisión del Quinto Jugado de la Instrucción no se comprueba que exista la alegada violación de derechos fundamentales como alegó la Fiscalía del distrito Nacional en su recurso de apelación y que de lo que se trata es del inicio de la etapa investigativa de una querella durante el cual el Ministerio Público no cumplió con su rol de investigador al no agotar los procedimientos conforme a la ley.
Los jueces del tribunal de segundo grado precisan además que las partes pueden proponer diligencias tendentes al esclarecimiento de los hechos indilgados siendo deber ineludible del fiscal investigador exponer, ante una negativa de realización de diligencias, la fundamentación de esa negativa, lo que no ha ocurrido en el caso.